SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
RESOLUCIÓN N° 000247-2025/SUNAT[1]
27.07.2025
Se aprueba el Procedimiento Específico “Exoneración del IGV e IPM a la importación de bienes para el consumo en la Amazonía – Ley N° 27037” DESPA-PE.01.15.
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
RESOLUCIÓN N° 000248-2025/SUNAT[2]
Se aprueba el Procedimiento Específico “Importación de Mercancías Sujetas al Protocolo Modificatorio del Convenio de Cooperación Aduanera Peruano-Colombiano” DESPA-PE.01.13 (versión 3). En ese sentido, se establece pautas y requisitos para el despacho aduanero de bienes que ingresen al Perú con destino a la zona de tributación especial (Loreto, San Martín y Ucayali) bajo los beneficios arancelarios del Convenio.
Asimismo, se regula tanto el ingreso directo como indirecto de las mercancías, el reconocimiento físico, la tramitación de garantías, la emisión de notas de crédito negociables, las notificaciones, y el traslado de mercancías entre zonas de tributación.
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SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
RESOLUCIÓN N° 000032-2025-SUNAT/700000[1]
31.07.2025
Se amplía la aplicación de la facultad discrecional en la administración de sanciones por infracciones relacionadas a libros y registros vinculados a asuntos tributarios llevados de manera electrónica dispuesta en la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos N° 000039-2023-SUNAT/700000 y ampliatorias.
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
RESOLUCIÓN N° 000257-2025/SUNAT[2]
Se modifica el plazo máximo de atraso de determinados libros vinculados a asuntos tributarios, en los casos de presentación del PDT – Formulario Virtual N° 0625 “Modificación del coeficiente o porcentaje para el cálculo de los pagos a cuenta del Impuesto a la Renta”.
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO DECRETO DE ALCALDÍA N° 017-2025-ALC/MPC[3]
Se prorroga vigencia de la “Ordenanza Municipal que aprueba el Programa de Beneficios de Reducción de Deudas Constituidas por Multas y Sanciones Administrativas derivadas de infracciones al Reglamento Nacional de Tránsito y Reglamento del Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros en vehículos motorizados y no motorizados en la Provincial Constitucional del Callao, así como de la deuda por concepto de tasa de guardianía por internamiento en el Depósito Municipal de Vehículos”.
PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS DECRETO SUPREMO N° 097-2025-PCM[4]
Se aprueba el Reglamento del procedimiento específico de otorgamiento de recompensas a la ciudadanía para lograr capturas en casos de comisión de los delitos de extorsión y/o sicariato y dicta otras disposiciones.
La medida establece un tratamiento diferenciado y más ágil para estos casos, con el fin de enfrentar el incremento de dichos delitos que afectan la seguridad ciudadana, la paz social y la actividad económica.
PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS DECRETO SUPREMO N° 098-2025-PCM[5]
Este decreto modifica el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1412, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gobierno Digital, y establece disposiciones sobre las condiciones, requisitos y uso de las tecnologías y medios electrónicos en el procedimiento administrativo, aprobado por Decreto Supremo N° 029-2021-PCM.
A través de este Decreto Supremo se modifican los artículos 11, 13, 14, 35, 46, 55 y 87 del reglamento, cuyos cambios buscan adecuar sus disposiciones a los avances en materia de identidad digital, prestación de servicios digitales, interoperabilidad, gestión y uso de datos, seguridad de la información y administración de documentos electrónicos.
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ECONOMÍA Y FINANZAS N° 002-2025-EF/68.01 [1]
03.08.2025
Aprueban Directiva N° 001-2025-EF/68.01, “Lineamientos para la Elaboración de Estudios Técnicos y Registro de Inversiones a ser ejecutadas mediante Asociaciones Públicas Privadas”.
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CONGRESO DE LA REPÚBLICA Ley N° 32418 [1]
06.08.2025
Se modifica el artículo 65 de la ley 30220 (Ley Universitaria).
Ley que modifica la Ley 30220, Ley Universitaria, para establecer el orden de sucesión en el cargo de rector de las universidades. Se incorporan el inciso 65.1.5 al numeral 65.1 y el inciso 65.2.7 al numeral 65.2 del artículo 65 de la Ley 30220, Ley Universitaria.
Las universidades públicas y las universidades privadas adecúan sus estatutos y reglamentos a las modificaciones dispuestas por la presente ley, en un plazo no mayor de noventa días calendario contados a partir de su entrada en vigor.
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