17 de Marzo de 2025

MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA ORDENANZA Nº 2702[1]
08/03/2025
Ordenanza que elimina procedimientos administrativos, requisitos y derechos de tramitación; incorpora seis procedimientos administrativos y un servicio prestado en exclusividad; y, modifica tres procedimientos administrativos que se encontraban compilados en el TUPA de la Municipalidad Metropolitana de Lima, aprobado por Ordenanza N° 1874.
[1] https://busquedas.elperuano.pe/dispositivo/NL/2377852-1

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MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS DECRETO SUPREMO Nº 005-2025-JUS[1]

09/03/2025

Decreto Supremo que modifica e incorpora artículos al Reglamento del Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2018-JUS. Tiene como finalidad fortalecer la reinserción social de adolescentes en conflicto con la ley penal, e impactar positivamente en la reducción de la incidencia delictiva de aquellos que han incurrido en infracciones de alta lesividad y presentan perfiles de alta complejidad.
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES RESOLUCIÓN Nº 00020-2025/SBN[2]
Disponen la publicación de proyecto de Resolución que modifica la Directiva Nº DIR-00008-2021/SBN, denominada “Disposiciones para la Primera Inscripción de Dominio de Predios del Estado”[3], aprobada por Resolución Nº 124-2021/SBN y su Exposición de Motivos.
10/03/2025

Ley que restituye y modifica el literal a) del numeral 1 del artículo 261 del nuevo Código Procesal Penal, Decreto Legislativo 957, referido a la detención preliminar judicial en casos de no flagrancia.

Esta modificación fortalece las facultades de las autoridades para disponer la detención de investigados en casos sin flagrancia, siempre que existan indicios razonables de riesgo de fuga o de interferencia en la investigación.

OSPITEL RESOLUCIÓN Nº 000018-2025-CD/OSIPTEL[2]
Aprueban publicación del “Proyecto de Norma que establece el procedimiento de baja de los servicios públicos móviles y/o bloqueo de equipos terminales móviles utilizados o vinculados con la comisión de delitos y el procedimiento de baja de los servicios públicos móviles en el marco del proceso de validación de la información del registro de abonados y del vendedor o persona natural que intervenga directamente en la contratación de los servicios públicos de telecomunicaciones”.[3]
[3] https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/7745622/6547738-n-018-2025-cd-osiptel%282%29.pdf?v=1741628176

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MINISTERIO DE SALUD RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 164-2025/MINSA[1]

11/03/2025
Aprueban Directiva Administrativa que establece el proceso de acreditación de los Sistemas de Información de Historias Clínicas Electrónicas[2]
[2] https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/7751408/6551375-rm-n-164-2024-minsa.pdf?v=1741742487

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SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES RESOLUCIÓN SBS N° 00890-2025[1]

12/03/2025

Modifican el Reglamento de Gestión de Conducta de Mercado del Sistema Financiero, el Reglamento de Gestión de Conducta de Mercado del Sistema de Seguros, el Reporte de Comisiones y Principales Gastos aplicados por las empresas del Sistema Financiero, el Anexo N° 2 del Reglamento de Comisiones y Gastos del Sistema Financiero, y el Anexo 2 del Reglamento de Infracciones y Sanciones.[2]

Entre las principales modificaciones, se establece que el seguro de desgravamen solo podrá ser un requisito obligatorio en los créditos hipotecarios para vivienda. Para otros productos financieros, las entidades deberán ofrecer esta opción únicamente con el consentimiento expreso del usuario.

Asimismo, los Reglamentos de Gestión de Conducta de Mercado del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros ahora incluyen la obligación de informar de manera clara y detallada todos los cargos asociados a la comercialización de seguros de desgravamen. Esto incluye, cuando corresponda, la existencia de bonificaciones, premios, utilidades u otros beneficios destinados a corredores de seguros y comercializadores.

[2] https://intranet2.sbs.gob.pe/intranet/INT_CN/DV_INT_CN/2484/v1.0/Adjuntos/Resoluci%C3%B3n%20SBS%20N%C2%B0%20890-2025.pdf

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OSPITEL RESOLUCIÓN Nº 000068-2025-GG/OSIPTEL[1]
13/03/2025

Aprueban versión 2.0 de los contratos tipo en idioma español y en lenguas originarias quechua, aimara, ashaninka y shipibokonibo para diversos servicios públicos de telecomunicaciones.[2]
SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
RESOLUCIÓN SBS N° 00975-2025[3]

Aprueban el Reglamento sobre Grupo Económico, Vinculación, aplicación de Límites operativos a que se refieren los artículos 201 al 204 de la Ley General y Grandes Exposiciones.El reglamento establece disposiciones sobre grupo económico, así como los criterios para definir grupo de contrapartes conectadas por riesgo único, para calcular los nuevos límites contemplados en el artículo 204 de la Ley General y para definir grandes exposiciones, concordantes con lo señalado en el estándar de Basilea “Marco supervisor para definir y monitorear a las grandes exposiciones”. Sobre el particular, cabe indicar que existe una “gran exposición” cuando los financiamientos otorgados a una contraparte o grupo de contrapartes conectadas por riesgo único son iguales o superiores a 10% del patrimonio efectivo de nivel 1.

También incluye los criterios para definir vinculados a las empresas supervisadas y para calcular el límite del artículo 202 de la Ley General, referido al financiamiento a personas vinculadas, adecuándolo a los estándares internacionales. Asimismo, contempla las disposiciones aplicables al cómputo del límite a directores y trabajadores del artículo 201 de la Ley General.

[1] https://busquedas.elperuano.pe/dispositivo/NL/2379126-1

[3] https://busquedas.elperuano.pe/dispositivo/NL/2379731-1

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CONGRESO DE LA REPÚBLICA LEY 32258[1]

14/03/2025

Ley que modifica los artículos 16° y 57° del Código Penal, Decreto Legislativo 635, para determinar la pena en casos de tentativa e incorporar delitos para la suspensión de la ejecución de la pena.

En el primer caso, el artículo se refiere a la tentativa de delito, estableciendo que el juez podrá reducir la pena cuando el responsable no logre consumar el ilícito. Sin embargo, la norma ahora especifica que dicha reducción no será aplicable en casos de feminicidio ni en delitos de violencia contra mujeres o miembros del grupo familiar.

En el caso del artículo 57, permite a los jueces suspender la pena privativa de libertad en determinadas circunstancias, como cuando la condena es menor a cuatro años o el acusado no es reincidente, entre otros criterios. La nueva modificación excluye de este beneficio a quienes hayan sido condenados por colusión, peculado, malversación, cohecho pasivo específico y negociación incompatible, así como por feminicidio o delitos de violencia contra mujeres o integrantes del grupo familiar.

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES RESOLUCIÓN SBS Nº 00907-2025[2]

Incorporan artículo al Título VI del Compendio de Normas de Superintendencia Reglamentarias del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones aprobado por Res. Nº 052-98-EF/SAFP, referido a Inversiones.Se establece que la AFP podrá invertir los recursos de los fondos de pensiones, que administran y rentabilizan los aportes de todos los afiliados, en instrumentos representativos de derechos sobre participación patrimonial o títulos accionarios locales que hayan sido colocados por oferta privada; y tengan por finalidad ser inscritos en la Bolsa de Valores, siempre que se cumplan ciertas condiciones.

[1] https://busquedas.elperuano.pe/dispositivo/NL/2380524-1

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