“en lo posible” no exime a las empresas de rotar los turnos nocturnos.

Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – SUNAFIL ha aclarado que la expresión “en lo posible” no exime a las empresas de rotar los turnos nocturnos.


Augusto Saldaña Bruno, Asociado Principal en Aramburú, Castañeda, Boero – abogados, explica que la rotación de turnos nocturnos es una obligación legal y que esta expresión no puede usarse como excusa para incumplirla. Las empresas deben justificar cualquier motivo que impida la rotación y asegurarse de cumplir con la normativa. Si deseas más información sobre cómo garantizar la correcta gestión de los turnos nocturnos y evitar sanciones, en Aramburú, Castañeda, Boero – abogados estamos para orientarte.

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